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AutorRespuesta No: 321889
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Fecha de respuesta: Martes 23 de Julio de 2013 11:05 2013-07-23 11:05 desde IP: 201.141.242.170
ricortes
Debe usted acudir a algun negocio de los que estan establecidos alrededor de los Juzgados que ofrecen el servicio de Boletin Judicial y de busqueda electronica, solicite una busqueda electronica proprocionando el nombre de su señora madre y el nombre de los arrendatarios y señalando que esta se realice en los juzgados de arrendamiento, dicha busqueda debera arrojar como resultado el juzgado y numero de expediente bajo el cual se tramitaron los juicios de controversia de arrendamiento, con esos datos puede acudir al Archivo Judicial a realizar la busqueda de los datos con los cuales se remitieron los expedientes a dicho archivo, para finalmente solicitar en el juzgado la devolucion.
En cuanto al termino para ejecutar una sentencia que ha quedado firme son DIEZ AÑOS para ejecutarla, una vez que se devuelvan los autos al juzgado debe contar usted con la asesoria de abogado para que le realice el estudio de sus expedientes y le indique que es lo procedente.
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