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AutorRespuesta No: 321840
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Julio de 2013 15:52 2013-07-22 15:52 desde IP: 187.131.179.38
La respuesta conducente a su consulta es:
El término de 15 dias hábiles se cuenta a partir del día siguiente de aquel en que surtió efectos la notificación del acto que Usted quiere reclamar en vía de amparo.
Si la autoridad responsable que lo emitió NO está de vacaciones y los juzgados de distrito tampoco, es obvio que el término de referencia se contará de forma ordinaria considerando exclusivamente días hábiles.
Saludos.
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