Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 203785
  • Autor : lLic.Guzmán
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 78
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 321690

  • lLic.Guzmán
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Los jueces familiares tienen un criterio comun aunque no es obligatorio de un 15% por cada acredor alimentista en este caso que son dos la pension alimenticia seria del 30% del salario integrado que tambien incluye pago de horas extra, vacaciones, prima domicical y vacacional, aguinaldo y utilidades. 

    Aunque de acuerdo a las necesidades de los menores la pension podria aumentar.