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Fecha de respuesta: Domingo 14 de Julio de 2013 18:02 2013-07-14 18:02 desde IP: 201.152.245.41
Las actas de nacimiento solo las peude expedir la Oficialia del Registro Civil donde fue Registrada la persona, o bien en la Direccion del Regsitro Civil de la misma Entidad Federativa en que fue resgistrada, valga la rebundancia.
En en algunas ocaciones las Entidades Federtivas cuentan con convenios para poder Expedir Actas de Nacimiento Foraneas; acuda a la Direccion del Registro Civil de la Entidad Federativa donde Usted radica y pregunte por el tramite que le comento, pero por comentarios que he escuchado que tardan mas de tres meses en expedirlas, no me crea mejor cerciorese.
Saludos.
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