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  • Consulta : 203247
  • Autor : ferlex21
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    Respuesta No: 321285

  • ferlex21
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente puede demandar la desocupacion y entrega material del inmueble toda vez que no cumplio con lo pactado en el correspondiente contrato de arrendamiento, cuanto antes presente la demanda para que al menos recupere la casa habitacion.