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AutorRespuesta No: 320935
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Julio de 2013 10:50 2013-07-10 10:50 desde IP: 189.245.242.191
El Código PEnal del Estado señala en su artículo 271 que el estupro es: AL que tenga copula con una mujer mayor de quince años y menor de dieciocho obteniendo su consentimiento por medio de seducción, se le impondran de seis meses a cuatro años de prisión y de treinta a cien dias multa.
El artículo 272 dice: No se procedrá contra el inculpado del estupro, si no es por querella de la mujer ofendida, de sus padres o, a falta de éstos de sus representantes legítimos.
Si la chica tiene 14 años entonces no aplica este tipo penal
el articulo 273 "Violación" Al que por medio de la violencia fisica o moral tenga cópula con una persona sin la voluntad de ésta, se le impondrán de cinco a quince años de prisión, y de docientos a dos mil días multa.
Por lo tanto no es estupro y si existe querella podran proceder en tu contra por la posible comisión del delito de violación ademas es una circunstancia que modifica el delito establecida en el artículo 274 párrafo V: Cuando el ofendido sea menor de quince años o mayor de sesenta, se le impondrá de quince a treinta años de prisión y de trescientos a dos mil quinientos dias multa
La violación es un delito grave y no alcanza caución o fianza como comunmente lo conocen.
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