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AutorRespuesta No: 320963
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Julio de 2013 13:38 2013-07-10 13:38 desde IP: 187.162.95.231
Efectivamente, en el articulo 167 encuentras el marco legal que da pie al llamado incremento por semanas cotizadas en exceso, a continuacion te paso el link de una pagina donde viene la tablita:"//consultoresenpensiones.jimdo/pensiones-imss/como-se-calcula-mi-pension/">//consultoresenpensiones.jimdo/pensiones-imss/como-se-calcula-mi-pension/
Saludos
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