- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 202576
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 320488
-
Fecha de respuesta: Viernes 05 de Julio de 2013 16:02 2013-07-05 16:02 desde IP: 189.234.197.102
Ay... Tan simple como dejar de ir a trabajar... Y presentar una demanda en a unta de conciliación y arbitraje... Rescindiendo a relación de trabajo... La procuraduría de la defensa del trabajo ... Sabe que hacer... NO VAYAS A HACER LO QUE RECOMENDA PRIMUS... Porque se van a burlar de ti... No puedes pedir que le notifiquen tu. Renuncia a un patrón... Porque para eso hay ley y acciones... Y nunca y por ninguna causa... Es o hay un juicio civil... Cuándo existe una relación de trabajo .... Al rato van a decir que los comisionistas pueden encantar demandas civiles por las comisiones... Bárbaro Alejandro... Estas bárbaro....
-
Autor





