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  • Consulta : 202576
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 320477

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    alex76slp:

    Haga su carta de renuncia dirigida a la empresa y, con ella, acuda a la Procuraduría de la defensa del Trabajo para que le elaboren un escrito que firmará y presentará ante la Junta de Conciliación y Arbitraje solicitando que le notifiquen al patrón su renuncia.

    O lo más fácil: simplemente deje de ir a trabajar en la fecha en que deba hacer efectiva su renuncia, el patrón nada puede hacer a menos que quiera gastar en abogados y un juicio civil que usted ganará fácilmente porque el artículo 5 Constitucional previene que nadie puede ser obligado a trabajar sin su pleno consentimiento.......