En atención a su inquietud le comento:
Codigo Federal de Procedimientos Penales Artículo 73.- Con excepción de los altos funcionarios de la Federación, toda persona está obligada a presentarse ante los tribunales y ante el Ministerio Público cuando sea citada, a menos que no pueda hacerlo porque padezca alguna enfermedad que se lo impida, o tenga alguna otraimposibilidad física para presentarse.
Le sugiero manifieste al Agente del Ministerio Publico la imposibilidad que tiene su familiar de presentarse en sus oficinas. En este caso el Agente se trasladará a su domicilio si es que la diligencia es por ejemplo para tomar su declaración ministerial u otra diligencia que requiera.
El gasto de un amparo apenas en esta etapa es inutil ya que usted no sabe en que calidad está siendo citado, en el peor de los casos si fuera como indiciado (que no es muy probable dado la salud de su familiar) en ese momento no podrían detenerlo.
Espero le sirva, esta información.