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Fecha de respuesta: Jueves 04 de Julio de 2013 00:06 2013-07-04 00:06 desde IP: 201.175.143.249
Hola consultante, con respecto de su duda, no opera asi, es inecesario que sea asi, para ello, se necesita promover un incidente de cecasión de pensión alimenticia toda vez que se estan integrando los acreedores alimentarios con el deudor alimentario, quedando a salvo el derecho para que el padre de los menores que los ha integrado a su seno familiar demande al otro padre o madre de los menores alimentos para los menores... ya que es obligación de ambos padres proporcionar alimentos.... para ello necesita hacerse de los servicios de un abogado especialista en materia familiar... saludos
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