- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 202340
- Autor : MAYANEZ
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 315
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 320128
-
Fecha de respuesta: Martes 02 de Julio de 2013 22:56 2013-07-02 22:56 desde IP: 189.146.176.133
Estimado Consultante:
Acuda directamente con un notario, el realiza el contrato y la inscripción en el RPP, los honorarios del notario dependen del valor del inmueble que va a comprar.
No se deje sorprender, no necesita abogado, no faltara quien le ofrezca sus servicios y lo único que hara es acompañarlo ante el notario a realizar el trámite y por ello le cobrará, cuando todo el trabajo lo hace el propio notario.
Asimismo todo contrato de compraventa para que sea oponible ante terceros debe estar inscrito en el registro publico de la propiedad, de lo contrario solo surte efecto entre los contratantes.
Saludos,
-
Autor





