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AutorRespuesta No: 320126
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Fecha de respuesta: Martes 02 de Julio de 2013 22:25 2013-07-02 22:25 desde IP: 189.146.176.133
Cierto no puse atención que la consulta es sobre un ejecutivo mercantil, en tal virtud es aplicable el 1253 del Código de Comercio, el cual en su fracción VI se repruduce el texto del articulo ya transcrito.
Saludos.
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