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AutorRespuesta No: 320382
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Fecha de respuesta: Jueves 04 de Julio de 2013 17:59 2013-07-04 17:59 desde IP: 189.188.165.48
claro que si, por lo menos aqui en puebla, la sentencia favorable que dicta un juez respecto de un juicio de usucapion, claro pagando los impuestos, isr, traslado de dominio,isabi, inspeccion y avaluo catastral etc, e inscribiendo esa sentencia en el registro publico, esa sera tu escritura publica, no necesitas ir con un notario. difiero totalmente con la opinion anterior.
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