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  • Consulta : 202237
  • Autor : expediente06
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  • Autor
    Respuesta No: 320382

  • expediente06
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    claro que si, por lo menos aqui en puebla, la sentencia favorable que dicta un juez respecto de un juicio de usucapion, claro pagando los impuestos, isr, traslado de dominio,isabi, inspeccion y avaluo catastral etc, e inscribiendo esa sentencia en el registro publico, esa sera tu escritura publica, no necesitas ir con un notario. difiero totalmente con la opinion anterior.