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AutorRespuesta No: 320053
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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Julio de 2013 23:20 2013-07-01 23:20 desde IP: 201.141.96.131
Lo que le dijeron del amparo es falso, el ceder la propiedad tampoco le sirve, la consignación en el juzgado de los pagos tampoco es el camino adecuado, requiere una adecuada negociación con sus acreedores para establecer un plan de pago, en caso de que le demanden puede acceder a un término de gracia para el pago del adecuado. La consignación consiste en depositar los pagos ante el juzgado y notificar al acreedor que se realizó el depósito.
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