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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Julio de 2013 18:09 2013-07-01 18:09 desde IP: 187.232.38.48
Hola, creo que el Pseudo Abogado que la asesoro no tenia nada de conocimiento en el tema, un titulo de credito deja de valides en 10 años (por que prescribe la deuda), en esos 10 años, los 3 primeros puede ejecutarlo o cobrarlo mediante una via privilegiada que es la EJECUTIVA MERCATIL, esta via es privilegiada como le comento por que contrario a cualquier otro juicio le permite embargar bienes para asegurar un pago desde el momento del emplazamiento, bienes por desde luego propiedad del deudor, transcurridos esos 3 años sin iniciar el juicio, tiene otros 7 para iniciar un juicio Ordinario mercantil sin poder embargar bienes desde un inicio, porsupuesto que puede darle vida a ese pagare para convertirlo en ejectivo mercantil nuevamente, pero realmente creo que necesita hacerse de los servicios de VERDADERO ABOGADO especialista en materia MERCANTIL, no con cualquiera, asi que, no se desespere, solo busque al profesionista correcto!
saludos.
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