Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 202177
  • Autor : Luciano Aguilar
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 8
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 319984

  • Luciano Aguilar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, estimado consultante, lo que debe de hacer es consignarle el pago de rentas a su arrendador y en lo futuro tratar de ser cumplido puntualmente, en este momento no haya causal para que le demanda la rescision del contrato de arrendamiento, ademas de que le recomiendo que de cumplimiento total al contrato de referencia.

    Lic. Luciano Aguilar

    mail: "lucianoaaguilarperezabogados">lucianoaaguilarperezabogados