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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Septiembre de 2013 09:21 2013-09-27 09:21 desde IP: 189.163.159.178
No podrá usted oponerse a que el padre reconozca a la menor... si demanda la paternidad y la prueba el Juez ordenará al Registro Civil inscribir el nombre del padre en el acta de la niña con el correspondiente derecho de convivencia asi como la obligacion de ministrar recursos.
Pero usted puede a traves de la DEMANDA RECONVENCIONAL pedirle los alimentos no ministrados de la menor desde su nacimiento hasta la fecha (Incluso gastos del parto etc etc) si el no cumple como estoy seguro no lo hará.... pasados unos meses usted podrá demandar el divorcio y la PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD para que éste no tenga derecho alguno sobre la menor y pueda estarla amenazando con quitarle a la menor y al ir a ver a la misma tenga el pretexto para seguir un vinvulo con usted.
No pasa por alto una cosa. USTED solo USTED le escogio el padre a la menor. Me llama la atencion como hay personas que duran meses o años en un noviazgo se casan y despues se quejan amargamente porque el hombres es de esta o de aquella forma si cuando pudieron poner solucion al asunto sin consecuencia para terceros no lo hicieron.
Saludos
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