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Fecha de respuesta: Viernes 28 de Junio de 2013 14:11 2013-06-28 14:11 desde IP: 189.138.188.193
Hola buenas tardes:
La ley establece que los alimentos se fijan de acuerdo a la posibilidad del que deba darlos y las necesidad que tenga el de recibirlos, ahora te hago referencia que regularmente los abogados al momento de presentar nuestra demanda de alimentos obvio pedimos el porcentaje maximo que el Juez nos puede otorgar, sin embargo eso no significa que el Juez efectivamente lo conceda, regularme el porcentaje que otorgan los jueces por dos menores puede ser del 40%, sin embargo el porcentaje de pension que se impone queda a desicion del Juez, ahora bien, como lo mencionas tu tambien tienes necesidades, deudas, etc. por eso al momento que se te notifique la demanda es mejor que busques asesoria juridica, para que al momento de contestar la misma, tambien se pueda establecer dichas necesidades, o que ella tambien tiene un trabajo y tiene ingresos economicos, para que esto el Juez las tome en cosideracion para determinar el porcentaje que deberas otorgar por pension alimenticia
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