Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 201806
  • Autor : ortizrubiolegal
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 556
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 88 %
  • : 11 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 319662

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Primero que nada debes concientizarte  de que si quieres derechos, a la par debes cumplir con tus obligaciones y si es que quieres hacer las cosas de manera legal te aconsejo acudas al Registro Civil para reconocer a tu bebé lo más pronto posible si es que no lo han hecho aún y entonces pagar al abuelo los gastos que erogó por concepto de parto que podrías pagar incluso vendiendo tu coche y/o terreno y  comenzar a suministrarle a tu bebé una cantidad de pensión alimenticia suficiente para atender sus necesidades alimentarias, monto que  debe ser proporcional a tu capacidad y a las necesidades de tu bebé según lo dispone la ley para lo cual debes ser honesto y responsable y si tu novia y su familia se niegan a que convivas con tu bebé y éste ya ha sido  registrado puedes solicitar en los juzgados familiares un régimen de visitas y convivencias para que el juz determine los días y fechas en que podrías convivir con él.

    Pero si es que decides seguir esperando a que pase el tiempo probablemente la madre de tu bebé te demande el reconocimiento de paternidad, los gastos del parto, la pensiones que no has pagado y las que se sigan generando y si de ser así y sigues sin tener dinero con tus bienes responderías para el cumplimiento de tus obligaciones.

     

     

    ESPECIALISTAS EN MATERIA FAMILIAR FAMILIAR

    TEL 42019327 Y 47513179

    w w w. ortizrubiolegal. com. mx (junto)