Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 201418
  • Autor : marcomcmlx
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1907
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6731
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 319320

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si vas a renunciar el patrón solo está obligado a darte un finiquito consistente en lo que te adeude de salarios devengados y vacaciones , si no las has disfrutado, y aguinaldo proporcional a lo que va del año.

    No hay liquidación.