Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 201413
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 319350

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El embargo es precautorio, por lo que sí procede. Si Usted acreditó en el juicio que la firma no es suya, y se dicta sentencia absolutoria, si así es, una vez que quede firme la sentencia absolutoria deberá solicitar se anule el embargo y vía incidental cobrar los gatos y costas del juicio a la actora así como nenunciar por losposibles delitos en que se incurrió.