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  • Consulta : 200793
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 318952

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    A rajarse a su tierra... Una vez firmado el contrato... Sea en lo articular o ante notario... Y si tiene una cláusula penal ... Es obligación de las partes cumplirlo... Y no hay rescisión de un contrato.... Es cumplimiento do mismo con efectos de rescisión ... Lo as importante es el texto del contrato... No se rescinde ante la fe de dios.... Es en un juzgado... Y claro que causa daños y perjuicios.... Tendrá que demostrar las causas de la rescisión ... Sin estas... El contrato es vigente y obligatorio....