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AutorRespuesta No: 318930
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Fecha de respuesta: Sábado 15 de Junio de 2013 18:09 2013-06-15 18:09 desde IP: 201.137.11.82
Todo contrato de compra-venta celebrado entre particulares o ante Notario Pùblico, no existe impedimento legal para su RESCISIÓN, aunque si puede generar consecuencias jurídicas para alguna de las partes, ante posible demanda por DAÑOS Y PERJUCIOS de la parte que se considere afectada, quien deberá interponer una demanda ante la autoridad competente. En relación a su caso, en virtud de encontrarse en la etapa inicial, considero que no podría generarle ningún efecto legal.
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