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  • Consulta : 200793
  • Autor : sotnas125
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  • sotnas125
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    (Resumen de Actividades)

    Todo contrato de compra-venta celebrado entre particulares o  ante Notario Pùblico, no existe impedimento legal para su RESCISIÓN, aunque si puede generar consecuencias jurídicas para alguna de las partes, ante posible demanda por DAÑOS Y PERJUCIOS de la parte que se considere afectada, quien deberá interponer una demanda ante la autoridad competente. En relación a su caso, en virtud de encontrarse en la etapa inicial, considero que no podría generarle ningún efecto legal.