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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Junio de 2013 19:41 2013-06-12 19:41 desde IP: 189.234.197.102
nada... la acción de eviccion y saneamiento del contrato por obra... ya termino para efectos del codigo civil del estado de queretaro, que puede ser visto en el articulo... 2005 al 2048... si lo crees justo o injusto,... no tiene importancia... ya que quien aplica la justicia es el juez... no tu... no yo... no los abogados contendientes... y claro que tienes que pagar la reparación de tu casa...
wes como aquel que reclama que la instalacion electrica tiene que estar anclada a tierra y de tres polos los contactos, porque estamos en el siglo 21... nada obliga al constructor a hacer eso...
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