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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Junio de 2013 22:41 2013-06-10 22:41 desde IP: 187.131.178.120
Si Usted no le dio crédito al cliente, sino que este último convino en pagarle el precio de las obras realizadas una vez recibidas, desde luego que también tiene a su favor la vía penal. Se trata del delito de fraude ya sea genérico o en alguna de las modalidades especiales que que la ley penal de su Estado contemple.
Consulte con un abogado de su confianza, no coyote y no tinterillo.
Saludos.
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