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AutorRespuesta No: 318628
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Junio de 2013 23:53 2013-06-10 23:53 desde IP: 201.141.100.177
Debe reconvenir demandándole a él la rendición de cuentas a la sociedad conyugal y una indemnización equivalente el cincuenta por ciento de sus bienes por el hecho de haberse dedicado Usted principalmente al cuidado de los hijos y el hogar. Pero sí necesita de abogado, puede acudir a la defensoría de oficio, pero mucho cuidado con los coyotes que no se cansan de ununciar en este foro de asesoría gratuita publicando sus datos de contacto en cada "asesoría" que dicen dar y de los coyotes que también circular por los Tribunales impunemente.
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