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AutorRespuesta No: 318481
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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Junio de 2013 00:37 2013-06-07 00:37 desde IP: 201.141.111.177
Debe demandar el despido injustificado ante las Juntas Locales de Consiliación y Arbitraje ya que evidentemente se dan los elementos para que se reconozca la relación laboral. Como prestaciones además de la indemnización constitucional, debe demandar el pago de las cuotas obrero patronales de los diez años laborados, horas extras, vacaciones, prima vacacional y de antigüedad y aguinaldo. Si no tiene recursos para pagar a un abogado, puede acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo que es gratuita, pero mucho ojo con los coyotes tanto como los de afuera, como con lo que no se cansan de anunciarse en este foro de asesoría gratuita. Tiene sesenta días hábiles para demandar a partir del día del despido, ojo porque después prescribe su acción.
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