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  • Consulta : 199136
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 318290

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Que tal, en el contrato de seguro se ampara a su mama como asegurada y a veces se señala como beneficiario preferente del contrato de seguro a otra persona, en este caso a Elektra, quien al ser preferente recibe el dinero en su totalidad.

    Si Elektra es beneficiara del seguro, debe investigar cuanto era la suma asegurada, ya que si su mama debía 10 mil y el seguro es de 100 mil, la diferencia se debe reclamar a Elektra quien es la persona que recibió el pago de indemnización.

    Ahora bien, el hecho de que hayan pasado dos años se refiere a la prescripción de la acción (el derecho a demandar) y sólo aplica si el contrato de seguro se celebró antes del 06 de mayo de 2009, ya que después de esta fecha se aumento el periodo a cinco años.

    Si gusta puede consultarnos para una asesoría más amplia.

    “PEGZSAV ABOGADOS - Especialistas en Seguros”.