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AutorRespuesta No: 317383
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Mayo de 2013 20:53 2013-05-22 20:53 desde IP: 201.141.113.49
Por favor que no lo engañen. Si Usted reconoció a la menor sabiendo que no era su hija, catorce años después no puede ir al Tribunal y sentirse sorprendido, ni con la prueba de ADN se libra de su obligación de brindar alimentos a su hoja, sólo el padre bilógico puede demandar ese reconocimiento. Cuídese de los coyotes que se anuncian en este foro de asesoría gratuita.
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