Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 198184
  • Autor : manito
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 28
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 317328

  • manito
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    mucho cuidado, usted puede perder la pension porque unos de los requisitos que se otorgo es que usted ya habia cumplido los 60 años de edad y haber quedado privado de trabajos remunerados, usted puede seguir trabajando como lo comenta el que me antecede, dando un servicio independiente, dese de alta en hacienda bajo el regimen de honorarios, es decir trabaja por su cuenta,  usted expida recibo de honorarios en vez de firmar nomina, usted pagara sus impuestos.  sin que le den de  alta en el imss. le deseo suerte