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AutorRespuesta No: 317328
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Mayo de 2013 14:07 2013-05-22 14:07 desde IP: 187.147.4.150
mucho cuidado, usted puede perder la pension porque unos de los requisitos que se otorgo es que usted ya habia cumplido los 60 años de edad y haber quedado privado de trabajos remunerados, usted puede seguir trabajando como lo comenta el que me antecede, dando un servicio independiente, dese de alta en hacienda bajo el regimen de honorarios, es decir trabaja por su cuenta, usted expida recibo de honorarios en vez de firmar nomina, usted pagara sus impuestos. sin que le den de alta en el imss. le deseo suerte
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