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Fecha de respuesta: Lunes 20 de Mayo de 2013 19:09 2013-05-20 19:09 desde IP: 189.134.20.90
Estimada Abogada:
Que bueno que sea honesta y reconozca que no sabe por donde empezar, pero por eso precisamente no debe aventurarse a llevar un asunto con el cual no puede; por la forma en que plantea el asunto es claro que no tiene idea no solo de lo que debe hacer, sino que desconoce siquiera cual esel problema de su cliente. Si en verdad desea aprender asociese con algun abogado experimentado y aprenda de el antes de llevar asuntos por su cuenta.
Por ejemplo, habla usted de revocar un poder irrevocable, pero ademas confunde revocacion con nulidad.
No se de que estado es usted, pero en algunos estados la formula "ebrio consuetudinario" ya nisiquiera exiete en el Codigo.
Ni por la mente le ha pasado la rendicion de cuentas.
Puede resultar que con sus acciones su cliente cometa ahora diversos delitops en contra de las personas que finalmente compraron los inmuebles.
¿Porque piensa en demandar al Notario?
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