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  • Consulta : 197895
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 317205

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Y creo que por ahi Garavalo tiene razon, pues no siempre en los delitos de acopio y posesion de armas de fuego se logra acreditar el delito de delincuencia organizada, por la falta de vinculacion al grupo criminal, y eso lo consideran mucho los jueces federales sobre todo en Nayarit y Villa Aldama, ahora bien todos hablan de una sentencia a no se cuantos a;os, y  acaso ya revisaron la cadena de custodia y embalaje de cartuchos y armas en terminos del 223 del Codigo adjetivo, pues si esto no esta bien tenemos una violacion a las reglas del debido proceso, como ya se gano en el amparo 14 / 2011, y sobre todo objetar ese parte informativo, amen de las diversas contradicciones de los Marinos o Sedena, que siempre las hay cuando los interrogamos,pero bueno su defensor debe hacer su trabajo interrogar de modo adecuado....y revisen el armado de la defensa, suelen botar cosas interesantes....suerte.

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    cel. 55 43442775. Asesoria en linea atraves de WhatSapp.

    radio Nextel; 52 * 14 * 25471