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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Mayo de 2013 14:41 2013-05-18 14:41 desde IP: 189.234.194.133
no puedes cobrar renta de lo que no es tuyo... que este en sociedad conyugal... no significa que es tuyo... ambos deben solicitar al juez la liquidación de esa sociedad.,.. y si tu te quedas con ese inmueble... podras cobrar rentas o pedir desocupación... pero sobre lo pasado... nada...
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