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  • Consulta : 197804
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 317063

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no puedes cobrar renta de lo que no es tuyo... que este en sociedad conyugal... no significa que es tuyo... ambos deben solicitar al juez la liquidación de esa sociedad.,.. y si tu te quedas con  ese inmueble... podras cobrar rentas o pedir desocupación... pero sobre lo pasado... nada...