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  • Consulta : 197719
  • Autor : ABOGADOS VBR
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  • Autor
    Respuesta No: 316996

  • ABOGADOS VBR
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente la mejor forma es que usted le otorgue un poder general limitado  asu esposa respecto del  inmueble en mencion para que ella se haga cargo de todo lo que sea necesario, mas sin embargo no debera otorgarle facultades para vender unicamente para administrar ok, suerte.

    Atentamente

    Lic. Victor Borgonio Ruvera

    Servicios Profesionales Juridicos, Inmobiliarios y Administrativos, S.C.

    Tel. 55927542, 55357936