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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Mayo de 2013 14:32 2013-05-17 14:32 desde IP: 187.206.37.243
Iniciar una Averiguacion previa por el delito de sustraccion de menores previsto por el articulo 223 del codigo penal para el estado de Yucatan acudiendo a la agencia del ministerio publico.
CODIGO PENAL DEL ESTADO DE YUCATAN
ARTICULO 223
Al familiar de un menor de dieciocho años de edad que lo sustraiga, sin causa justificada o sin orden de la autoridad competente, de la custodia o guarda de quien legitimamente la tenga o bien lo retenga sin voluntad de este , se le impondran de tres meses a seis años de prision y de diez a sesenta dias-multa
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