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AutorRespuesta No: 316839
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Fecha de respuesta: Miércoles 15 de Mayo de 2013 15:39 2013-05-15 15:39 desde IP: 189.134.11.200
Estimado consultante:
Hay que revisar el contrato que menciona para ver cuanto tiempo realmente ha pasado y ver si su derecho a cobrar no se encuentra prescrito (en principio 10 años a partir del vencimiento de contrato), es decir, si por el tiempo que ha pasado perdio ya el derecho para exigir el pago.En tal caso, si puede demandar y obtener el pago, o en el peor de los casos rematar el inmueble hipotecado.
Quedo a sus ordenes
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