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AutorRespuesta No: 316649
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Mayo de 2013 17:06 2013-05-13 17:06 desde IP: 189.203.203.40
forista
si su hija menor de edad, se encuentra reconocida por su padre, usted en representacion de ella, puede demandar a el el pago de alimentos solo tiene que saber cual es su domicilio para que se le notifique de tal demanda, ok
y eso que es militar a usted no le tiene que preocupar, porque solamente acudiria a la via civil para que cumpla con una obligacion que tiene como padre de su menor hija
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