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  • Consulta : 197222
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  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    forista

    si su hija menor de edad, se encuentra reconocida por su padre, usted en representacion de ella, puede demandar a el el pago de alimentos solo tiene que saber cual es su domicilio para que se le notifique de tal demanda, ok 

    y eso que es militar a usted no le tiene que preocupar, porque solamente acudiria a la via civil para que cumpla con una obligacion que tiene como padre de su menor hija