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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Mayo de 2013 16:27 2013-05-13 16:27 desde IP: 189.203.203.40
estimado adrian
usted tiene derecho a la convivencia con su menor hijo mientras no represente un peligro para el desarrollo fisico o psiquico del menor
su hijo que todavia no nace, tiene derecho a que usted lo reconozca como padre que es.
ahora bien, de lo anterior tanto los 2 hijos de usted, tienen derecho a que usted les proporcione alimentos en sentido amplio,
en caso que usted se negare a proporcionarles alimentos, la madre de ellos, la ley civil le da la opcion de demandarle a usted alimentos y la ley penal le da el derecho a la madre de denunciarlo por incumplimiento de alimentos y mandarlo a prision
fue un gusto asesorarle
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