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AutorRespuesta No: 316478
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Fecha de respuesta: Sábado 11 de Mayo de 2013 22:55 2013-05-11 22:55 desde IP: 201.141.118.113
Debe demandar a la CFE el pago de la servidumbre, si su terreno es ejidal deberá demandar ante el Tribunal Agrario, si no es ejido debe demandar ante un Juez de Distrito. Necesita de un abogado especialista en la materia y cuidado con lo coyotes que no se cansan de anunciar en este foro de asesoría gratuita y para joderla más con teléfono celular porque ni uno fijo pueden pagar.
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