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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Mayo de 2013 10:42 2013-05-13 10:42 desde IP: 189.134.11.200
Estimado Consultante:
Solo con lo que usted comenta en efecto le tocaria el 10% de la masa hereditaria. Ahora bien, este 0% puede usted conservarlo o venderselo a su hermana, como usted prefiera; aunque si tiene deudas como comenta lo mejor seria que lo venda para tener liquidez y hacer frente a sus obligaciones.
Por otra parte, si sus hermanos cedieron su parte con la "condicion de que usted viva ahi", a esto le llamamos tecnicamente derecho de habitacion, es decir, si esto resulta cierto usted tendria derecho de acupar al menos una habitacion en esa casa.
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