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AutorRespuesta No: 316032
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Mayo de 2013 06:37 2013-05-08 06:37 desde IP: 189.143.148.78
No estrictamente.
"autre fois acquit"
El principio non bis in Idem de estricta aplicacion en Derecho Positivo Penal, establece que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito.
En el caso que se refiere, se entabla responsabilidad Administrativa a un servidor Publico por medio de un Procedimiento Adminstrativo, y se le destituye, evidentemente la materia de aplicaciòn es administrativa, y sus consecuencias y su procedimiento estaran reguladas por la ley organica correspondiente, o por el reglamento respectivo. Asi pues en el caso de la responsabilidad Penal establecida por la representaciòn social para con el servidor publico, se esta en aplicacion de principios rectores de Derecho Penal. De lo anterior expreso que son dos areas de aplicacion de la sustancia Juridica, esto es el Derecho Administrativo, y el Derecho Penal. El principio "non bis in Idem" establece que nadie puede ser Juzgado dos veces por el mismo delito, o sea mas claramente, nadie puede ser expuesto ante un Juez penal para ser juzgado dos veces por el mismo delito, con las mismas circunstancias y las misma sustancia de prueba.
buenos dias, saludos cordiales.
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