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  • Consulta : 196555
  • Autor : irousim
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  • irousim
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    hola,

    no importa el orden en que realices las cosas, pueden ser ambas al mismo tiempo.

    en lo que se refiere a los bienes, no se de que estado seas, en Yucatan al menos, unicamente heredan el conyuge o concubina y los hijos, ambos al 50 por ciento.

    en lo que se refiere a los trabajadores, se les deberá liquidar con:

    *la indemnizacion marca la ley 90 días, pero creo les puedes ofrecer al menos 45 dias.

    *la antiguedad con 12 dias por cada año de servicios prestados.

    *vacaciones

    *prima vcacional

    *parte proporcional de aguinaldo

     

    te recomiendo los liquides completos, para evitar problemas de demandas futuras, ya que los herederos tambien heredan obligaciones y no solo derechos.

    espero te haya ayudado.

    saludos.