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Fecha de respuesta: Martes 07 de Mayo de 2013 13:09 2013-05-07 13:09 desde IP: 168.165.202.34
hola,
no importa el orden en que realices las cosas, pueden ser ambas al mismo tiempo.
en lo que se refiere a los bienes, no se de que estado seas, en Yucatan al menos, unicamente heredan el conyuge o concubina y los hijos, ambos al 50 por ciento.
en lo que se refiere a los trabajadores, se les deberá liquidar con:
*la indemnizacion marca la ley 90 días, pero creo les puedes ofrecer al menos 45 dias.
*la antiguedad con 12 dias por cada año de servicios prestados.
*vacaciones
*prima vcacional
*parte proporcional de aguinaldo
te recomiendo los liquides completos, para evitar problemas de demandas futuras, ya que los herederos tambien heredan obligaciones y no solo derechos.
espero te haya ayudado.
saludos.
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