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Fecha de respuesta: Lunes 06 de Mayo de 2013 22:35 2013-05-06 22:35 desde IP: 201.141.111.134
Un automovil no es un bien inmueble sino mueble. Pero si se trata de un juicio ejecutivo mercantíl, efectivamente primero se le requiere del pago y en caso de negativa, efectivamente primero se embarga el vhículo y posteriormente se emplaza a juicio.
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