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Fecha de respuesta: Domingo 05 de Mayo de 2013 10:26 2013-05-05 10:26 desde IP: 187.207.25.175
Mi estimado consultante Xajupe
Mire, en el Distrito Federal la normatividad aplicable en su articulo 282 del CodigoCivil establece que, los mayores de 12 años pueden escoger con quien vivir, y el Juez de lo Familiar resolverá conforme al Título Décimo Sexto del Código de Procedimientos Civiles, tomando en cuenta la opinión del menor de edad. de hecho, la Suprema Corte de Justicia de la Nación acaba de resolver que: Para contar con mayor certeza al decidir qué es lo que más le conviene a un menor en relación con su guarda y custodia, el órgano jurisdiccional competente, además de ordenar el desahogo de ciertas pruebas personales sobre los padres (psicológicas, de trabajo social o alguna similar), también deberá ordenar que esas pruebas se practiquen de forma independiente a las parejas de los padres, en el caso que cohabiten con éstas, ello en atención al principio constitucional del interés superior del niño.
Lo anterior en virtud de que cuando los padres cohabitan con otras parejas o personas y existe una disa sobre la guarda y custodia de los hijos, es lógico suponer que ésta se desarrollará en el domicilio del núcleo familiar compuesto por el padre y su pareja e incluso en algunos casos los hijos de ésta, u otras personas involucradas en el caso, de tal suerte que, exponga su situación ante el Juzgado Familiar correspondiente, quien resolverá su controversia.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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