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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Mayo de 2013 17:23 2013-05-03 17:23 desde IP: 189.177.25.62
Buenas tardes:
De poder demandarlo aunque viva en otro estado, se puede. Apesar de que tengas el título de crédito y este pueda ejecutarse, el problema radica en como puedes hacer efectivo el cobro. La característica de los jucios ejecutivos es precisamente que se despacha auto en que requieren el pago al deudor o en caso contrario señale bienes suficientes para garantizarlo, y es aqui donde puedes encontrar la dificultad, sobre todo porque mencionas que vive con familiares, y la ley presume que todo lo que se encuentra dentro de un inmueble es propiedad del dueño del mismo, en este caso si el deudor no es el propietario, ¿qué le embargas? ¿los tiliches que tenga en su cuarto?.
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