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  • Consulta : 196135
  • Autor : luisespindola
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  • Autor
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  • luisespindola
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ¿Ya fuiste emplazado en el proceso?  Si el desistimiento de la instancia ocurre de manera posterior al emplazamiento, la cesación de la relación procesal no depende de la voluntad unilateral del actor, esto se traduce en que tu puedes o no consentir el mismo.  El desistimiento de la instacia deja la posibilidad de que el actor puede ejercitar de nueva cuenta un proceso con la misma pretensión en tu contra, puede suceder que el desistimiento se de por defectos en la presentación de la demanda, de tal manera que el actor no logrará acreditar la acción pretendida y por consecuencia no vería satisfechas sus pretensiones.  Iniciando entonces uno nuevo subsanando los errores que pudiese tener su demanda.

    En todo caso lo conveniente es que no consientas el desistimiento, para que el proceso siga su curso y se dirima la controversia con el dictado de la sentencia.