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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Mayo de 2016 01:25 2016-05-25 01:25 desde IP: 201.141.198.1
Buenas noches. Tú puedes ayudarles a tus clientes sin estar titulado, a hacer cualquier tipo de escrito, desde una demanda, una denuncia, un amparo y podrán autorizarte en algunos casos para la consulta de expedientes. Ahora bien, si bien te pueden dar un poder notarial para que los representes o en otros casos endosarte un titulo de crédito para que lo cobres, no podrás representarlos como abogado patrono o mandatario judicial ya que ese beneficio lo otorga la ley a los licenciados en derecho y no lo podrás ejercitar. Hay actos (No todos) dentro de un juicio, en los que se requiere de un asesor legal o un defensar legal, y aunque tengas un poder de pleitos y cobranzas, no podrás actuar como defensor porque esa calidad solo la otorga la ley a los abogados y en ese momento necesitaras el patrocinio de uno. “PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”
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