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Tradicional Foro de consultas
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- Autor : JULIAN CASTAÑEDA
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AutorRespuesta No: 315424
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Mayo de 2013 19:15 2013-05-01 19:15 desde IP: 189.159.5.206
Lo mejor es que busques un experto en la materia... No puedes promover un Juicio de Prescripsion Positivo, ya que no esta inscrita en el Registro Publico ni como Posesion ni como Propiedad... informate bien con tu abogado respecto a cual es el procedimiento que te llevara a cabo...
El procedimiento correcto es promover una Informacion Ad Perpetuam (Testimonial) para acreditar que tienes mas de cinco años en posesion del inmueble, y obvio tendras que hacer el pago del arancel respectivo a catastro, realizar el respectio deslinde del terreno... son requisitos que tienes que cubrir, pero un Abogado tiene que cersiorarse si ya lo puedes promover, por que primero tienes que hacer los respectivos pagos en catastro, todo tiene un orden al cual hay que respetar... en caso de de que ya lo puedas promover, al finalizar dicho procedimiento judicial, puedes inscribirla en el registro publico como posesion... al paso de otros 5 años posteriores al procedimiento, ya puedes promover el Juicio de Prescripcion Positiva e inscribir en el registro publico como propiedad... suerte...
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