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  • Consulta : 195316
  • Autor : elizh80
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  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si cuentan los terrenos con Titulo de Propiedad, deben acudir el Vendedor y Usted a una Notaria para que se escriture a su nombre y quede registrado en el Registro Publico de la Propiedad.

    Si la persona que le vendio no tiene los Titulos, entonces debe adquirir por parte del Ejido las Cartas de Posesion de dichos terrenos, esto solo lo hace Posesionario pero no Ejidatario y debera preguntar en el Ejido si estan realizando el tramite de Titulacion, de ser asi (o cuando a "futuro" se realice) los Titulos de Propiedad saldran a nombre del Ejidatario y no al suyo, aqui debera tener cuidado, salvo que el Ejido lo autorice y declare ejidatario entonces el tramite de Titulacion podra salir a su nombre.